¡Hola!
Con motivo del trabajo de RRHH elegido para la asignatura ya podéis disfrutar de un mega resumen de la ley de protección de riesgos laborales.
El ámbito de la ley de Prevención de Riesgos Laborales regula toda la actividad empresarial con referencia a trabajadores y empresarios así como al personal civil de carácter administrativo y a El Instituto de Seguridad e Higiene en el trabajo es el órgano científico, técnico especializado de
Comisión integrada por un representante de cada una de las Comunidades Autónomas.
Y por último existe el Comité de Seguridad y Salud que es un órgano de participación, formado por delegados de prevención, integrado en empresas que cuenten con 50 o más trabajadores. Se encarga de la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención.
Patronal y Sindicatos acuerdan las condicionales de prevención de riesgos laborales a desarrollar por
Y ahora los Derechos y obligaciones de cada uno:
Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en el trabajo basada en formación, información, consulta y participación, paralización de la actividad en caso de riesgo grave y vigilancia de su estado de salud. Este derecho supone un deber del empresario de protegerle frente a riesgos laborales. El deber de protección constituye también un deber de las Administraciones Públicas respecto del personal a su servicio.
Estos derechos rigen tanto para trabajadores temporales como para otros empleados con distintos acuerdos contractuales.
El empresario deberá garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio y para ello realizará la prevención de riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de las medidas necesarias para la protección. Además desarrollará una acción permanente de la actividad preventiva con el fin de perfeccionarla.
El coste de las medidas relativas a la seguridad recae íntegramente sobre el empresario.
Los principios de la acción preventiva:
- Evitar los preventivamente los riesgos.
- Evaluar los que persisten.
- Tratar de combatirlos en su origen.
- Adaptar los puestos a trabajo a la persona.
- Tener en cuenta la evolución de la técnica.
- Sustituir lo peligroso, por lo poco o nada peligroso.
- Planificar la prevención.
- Adoptar medidas que antepongan la prevención colectiva a la individual.
- Y dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
En conclusión la efectividad de las estas medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador.
La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales. El cual deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos y los procesos y recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos.
Los trabajadores están obligados a velar por su propia seguridad y por la de aquellas personas a las que pueda afectar su actividad. El incumplimiento de estas obligaciones (usar adecuadamente las máquinas y equipos de protección, preguntar, informar a sus superiores, colaborando siempre con el empresario) tiene la consideración de incumplimiento laboral.
Los fabricantes, importadores y suministradores de equipos de trabajo están obligados a etiquetar los mismos e identificar claramente su contenido y riesgos que puedan tener para los trabajadores. Además está obligado a informar acerca de la correcta utilización y de las medidas preventivas para asegurar la responsabilidad de los productos. Será el empresario el que deba garantizar que estas informaciones sean facilitadas a sus trabajadores.
El incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones dará lugar a responsabilidades administrativas, así como civiles y penales por los daños y perjuicios que puedan crearse.
Esta fue nuestra lectura de ley, espero que os haya aclarado los conceptos más básicos y os sirva para crearos un concepto de lo que se debe o no se debe hacer y sobre quién recaen las responsabilidades.
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Permiteme felicitarte por tu resumen la verdad muy bueno y me he permitido linkearlo a mi nueva pagina de PRL
Desde Rafaela Argentina un abrazo y suerte.
http://prlaborales.blogspot.com
Enero 31st, 2007